Los dirigentes gremiales ratificaron que el protocolo médico sanitario es de “cumplimiento efectivo”, por lo tanto indicaron que, «si las condiciones que el mismo establece no están garantizadas, los equipos directivos tienen la potestad de suspender la presencialidad».
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necesidad de cada institución y la organización posible que cada una podría tener para minimizar los riesgos de contagio, tal como quedó
establecido en reunión con el Ministerio de Educación se debe respetar la distancia social preventiva de 1,5 metros».
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En capítulo 7 del protocolo se identifica a las personas exceptuadas de asistencia presencial: mayores de sesenta (60) años de edad; Embarazadas y Grupos de Riesgo. A los fines de acreditar la pertenencia a estos grupos, el trabajador/a exceptuado/a deberá enviar la documentación correspondiente certificada por autoridad competente, que avale dicha situación vía jerárquica a la Dirección General de Personal-Subsecretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Educación y Derechos Humanos.
«La dispensa implica no concurrir a la escuela y cumplir el débito laboral desde la no presencialidad, por lo tanto no se debe llenar una licencia», indicaron desde el gremio.
Y agregaron que «en caso de presentar síntomas compatibles a COVID no concurrir a la escuela. Informar y comunicarse inmediatamente al 911 u otro número de atención del centro médico más cercano».
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